Expedición de títulos y certificados.
Si has terminado un Bachillerato o un Ciclo Formativo, no olvides solicitar tu Título correspondiente en Secretaría. Para ello tienes que abonar una cierta tasa y rellenar unos impresos.
El Título de ESO no hace falta solicitarlo.
Educación Secundaria Obligatoria y Educación Secundaria para Personas Adultas.
Los Títulos de Graduado en Educación Secundaria (ESO) y Educación Secundaria para Personas Adultas (ESPA) no están sujetos a pagos de tasas, además no hace falta solicitar su expedición ya que se tramitan de oficio.
- ¿Ya he terminado la ESO, ahora cómo consigo el Título?
No se tiene que hacer ninguna solicitud, los Títulos se tramitan "de oficio". - ¿Cuándo puedo ir a recoger mi Título?
Los Títulos suelen tardar en llegar entre dos y cuatro años desde que se terminan los estudios de la ESO. - ¿Me avisarán por teléfono o por correo cuando llegue mi Título?
Si. Cuando pasen de dos a cuatro años desde que terminaste se mandará una carta al último domicilio que tenias cuando estuviste en el centro. A partir de recibir esa carta puedes llegarte al Instituto a recogerlo. - No puedo llegarme a recoger el título, ¿lo puede recoger un familiar?
Si puede recogerlo un familiar entregando una autorización realizada por el titular del título autorizando a esa persona a recogerlo en su nombre. - Si necesito mi Título y aún no ha llegado, ¿Qué puedo hacer?
Se puede solicitar en nuestra Secretaría un certificado, éste tendrá la misma validez que el documento del Título. - No terminé mis estudios de ESO, ¿me darán algún documento?
Cualquier día, en horario público de Secretaría puedes venir a recoger el Libro de Escolaridad.
Bachillerato, Bachillerato para Personas Adultas o Ciclos Formativos.
Los alumnos que hayan titulado, tanto de régimen general como adultos y los lo hayan realizado en Ciclo Formativo de Grado Medio o Grado Superior, deben tramitar la expedición del Título.
- El título de Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado Medio o Grado superior, debe ser solicitado por todos aquellos alumnos/as que han aprobado todas las asignaturas en junio.
- Hay que cumplimentar el impreso pulsa en el siguiente enlace:
- Cumplimentar el impreso “Solicitud de expedición de título” con los datos y firma que se solicitan.
- Cumplimentar el impreso “modelo 046” conforme a las siguientes instrucciones.
- Apartado OBLIGADO AL PAGO. Se rellenan los datos personales y la ventana “Razón social” se deja en blanco.
- Apartado DATOS GENERALES. Se marca la casilla “Autoliquidación” y en la ventana inferior se escribe: Abono de tasa para la expedición de título. Se rellena la ventana “fecha” y “total a ingresar” con la cantidad que corresponda (56,07 € tarifa normal o 28,04 € tarifa familia numerosa General). En “código territorial” se pone: ED14E4 y en “concepto de pago”: 0049.
- El apartado LIQUIDACIÓN ANEXA se deja en blanco.
- El apartado RESPONSABLE SOLIDARIO se deja en blanco.
- Se hace click en la opción VALIDAR de la esquina superior derecha y aparecen dos opciones para pagar:
- De forma telemática a través de la opción “Pago telemático”.
- Haciendo click en la opción “Imprimir” se genera un documento PDF con tres copias del mismo documento: talón de cargo, copia para la administración y copia para el interesado. Las tres copias se llevan al banco, se paga, ponen un sello en cada copia, se quedan con el talón de cargo y devuelven las otras dos copias selladas.
- Una vez hecho el pago, se debe entregar en la Secretaría del Instituto.
- Solicitud de expedición de título cumplimentada.
- Fotocopia del DNI por la dos caras.
- Fotocopia del Libro o Tarjeta de Familia Numerosa, si procede.
- Los dos ejemplares del modelo 046 sellados por el banco tras el pago de la tasa.
TASAS AÑO 2024 |
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TARIFA NORMAL | FAMILIA NUMEROSA GENERAL | FAMILIA NUMEROSA ESPECIAL | |
BACHILLERATO | 56,07 euros | 28,04 euros | Exento |
CICLO FORMATIVO GRADO MEDIO | 22,83 euros | 11,42 euros | Exento |
CICLO FORMATIVO GRADO SUPERIOR | 56,07 euros | 28,04 euros | Exento |
* DUPLICADOS: Mismas tasas que para los originales. |
Están exentos/as del pago de estas tasas:
- El alumnado perteneciente a Familias Númerosas de Categoría Especial (Ley 40/2003 de 18 de noviembre).
- Las víctimas de los actos terroristas así como sus cónyuges e hijos (Ley 32/1999 de 8 de octubre, de Solidaridad con las victimas del terrorismo.
- Las víctimas de actos de violencia de género.
- Personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital.
- Personas beneficiarias de renta mínima de inserción social.
- Personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
- La expedición de Títulos por rectificación de la mención relativa al nombre (Disposición Adicional 2ª de la Ley 3/2007, de 15 de marzo).
NOTA: el Título tarda alrededor de cuatro años en llegar al Instituto tras su solicitud. Si necesitas algún documento justificante de haber terminado el Bachillerato o Ciclo, lo puedes pedir en nuestra Secretaría aunque también es válido como justificante del título el documento 046.