INFORMACIÓN GENERAL
La matrícula para las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU) se realizará por vía telemática a través del programa informático de la Universidad de Córdoba. NO DEBE realizarse ningún trámite en la Secretaría del centro educativo correspondiente.
El procedimiento se estructura en dos fases:
- Fase de registro. Ya finalizada el 22 de mayo.
- Fase de matriculación, del 19 al 27 de mayo.
FASE DE MATRICULACIÓN.
Vía telemática.
Las personas previamente registradas en el sistema deberán formalizar su matrícula en las siguientes
fechas:
- Convocatoria ordinaria: del 19 al 27 de mayo de 2026.
Enlace de acceso a la matrícula: https://www.uco.es/pau/info/login.xhtml?from=%2Fmatricula%2Findex.xhtml
Para ello deberán introducir el número del documento de identidad y la contraseña establecida. No se admitirán solicitudes de matrícula presentadas por medios distintos al sistema vía telemática.
Vía presencial.
Excepcionalmente, las personas que no están obligadas a registrarse y matricularse por vía telemática DEBERÁN formalizar su matrícula de manera presencial en la Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Córdoba (Rectorado), en las mismas fechas establecidas para la matriculación de cada convocatoria.
Se le proporcionará el impreso de solicitud de matrícula que deberá acompañarse de la siguiente documentación:
- En su caso, documentación acreditativa de exención o deducción de precios públicos (familia numerosa, discapacidad, víctima de terrorismo y víctima de violencia de género), en vigor.
- Para quienes se presenten a la prueba de acceso: certificado de calificaciones emitido por la secretaría del centro donde haya cursado el Bachillerato, estudios equivalentes o Ciclo Formativo de Grado Superior.
PRECIOS PÚBLICOS
| Matrícula Ordinaria | Familia numerosa general | Familia numerosa especial, Discapacidad, Víctima de violencia de género y Víctima de terrorismo. | |
| Prueba de Acceso (cuatro materias) | 58,80 € | 29,40 € | EXENTO |
| Cada materia de las Pruebas de Admisión | 14,70 € | 7,35 € | EXENTO |
DEDUCCIONES y EXENCIONES DE PAGO (según la legislación vigente)
1. Familia numerosa.
-
- Categoría general: deducción del 50 % del importe de la matrícula..
- Categoría especial: exención del 100 % del importe de la matrícula.
La condición de familia numerosa deberá acreditarse OBLIGATORIAMENTE durante la fase de registro, adjuntando la condición de familia numerosa actualizada, preferentemente a través del certificado que se puede descargar en la “Carpeta Ciudadana”.
2. Discapacidad.
La condición de discapacidad, siempre y cuando sea igual o superior al 33 %, deberá acreditarse OBLIGATORIAMENTE durante la fase de registro, adjuntando un certificado oficial de discapacidad expedido por el órgano correspondiente que dará derecho a la exención total del importe de la matrícula o a través del certificado que se puede descargar en la “Carpeta Ciudadana”.
3. Víctima de terrorismo.
Las víctimas de actos de terrorismo (personas fallecidas o que han sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actividad terrorista, así como a los familiares directos; cónyuge, o pareja de hecho, hijos y otros familiares dependientes si convivían y estaban a su cargo), deberán presentar la acreditación correspondiente. La consideración de víctima de acto terrorista quedará acreditada mediante el informe preceptivo del Ministerio de Interior, o bien mediante el reconocimiento por parte de la Administración General del Estado de pensión extraordinaria por acto de terrorismo, o por sentencia judicial firme. (Art. 4 bis, 3 de la Ley 32/1999, de 8 de octubre).
4. Víctima de violencia de género.
La condición de víctima se acreditará aportando la resolución judicial que otorga orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida cautelar a favor de ella o cualquier otra documentación acreditativa, en la que el órgano judicial estime la existencia de cualquiera de los delitos o faltas que constituye el objeto de Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. Excepcionalmente, podrá acreditarse esta situación con el informe del Ministerio fiscal que indique la existencia de indicios de que la persona solicitante es víctima de violencia de género hasta tanto no se dicte la orden de protección o resolución judicial equivalente.
IMPORTANTE:
- Los documentos justificativos para ser beneficiario de cualquier tipo de descuento deben estar actualizados en el momento de realizar la inscripción.
- En el supuesto de que no resulte posible efectuar el cotejo de un documento a partir del archivo en formato digital, se podrá requerir a la persona interesada para que proceda a su presentación en soporte físico, al objeto de verificar su autenticidad, integridad y adecuación a los requisitos exigidos.
REQUISITOS PARA SOLICITAR CAMBIO DE SEDE:
Para acreditar la justificación de cambio de sede, deberán de presentar alguno de estos tres documentos:
- Certificado de empadronamiento histórico.
- Contrato de trabajo.
- Cursar estudios en la Universidad de Córdoba.
Debe solicitar el cambio de sede tras haber formalizado la matrícula.
Plazo para realizarlo, hasta el 24 de mayo de 2026 enviando un correo electrónico a pruebas.acceso@uco.es.